Aquí encontrarás, de forma clara y práctica, toda la información necesaria para trabajar a bordo de un buque mercante español y entender qué documentación necesitas en función del puesto (capitán, patrón, oficial o marinero). Se explican las diferencias entre formación marítima, titulaciones académicas, títulos profesionales, tarjeta profesional, títulos de competencia y certificados de suficiencia, además de incluir tablas con las titulaciones vigentes y su correspondencia con las anteriores, los principales certificados de formación exigidos y las vías oficiales para comprobar tus titulaciones y expedientes.
Para trabajar a bordo de un buque mercante español como Capitán, Patrón u Oficial que pueda formar parte de las guardias de navegación o de la cámara de máquinas, tiene que estar en posesión de:
En el caso del Marinero se debe de contar con el certificado correspondiente y los específicos que se le requieran para el puesto de trabajo a desempeñar.
Cada documento acredita algo distinto. Aquí te explicamos, de forma sencilla, la diferencia entre una titulación académica, un título profesional, una tarjeta profesional, un título de competencia y un certificado de suficiencia.
Es un título otorgado por la universidad, centro de formación homologado por la dirección general de la marina mercante o por el órgano competente de las comunidades autónomas, que acredita la superación de la formación establecida en el código STCW.
Las titulaciones académicas pueden ser:
De puente:
De máquinas:
Las titulaciones académicas profesionales se imparten en los Institutos De Formación Profesional Marítimo Pesquero, a través de los ciclos formativos de grado medio y superior. En la Formación Profesional reglada, debido a los cambios sufridos en el sistema educativo a lo largo de los años, coexisten titulaciones antiguas con las nuevas.
Nota: Se relacionan las nuevas titulaciones implantadas siguiendo las directrices de la Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo (BOE 4/05/2006)
De puente:
De buceo:
De acuicultura:
De puente:
De acuicultura:
Cada uno de los documentos regulados en el RD 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante, expedidos por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General de la Marina Mercante y que acreditan el cumplimiento por su titular de las condiciones establecidas para su obtención, pero que por sí mismos no facultan para el ejercicio profesional de ningún cargo o función a bordo.
La titulación profesional de pesca la expide el órgano competente en pesca de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Para la expedición de los Títulos profesionales es necesario tener la correspondiente Titulación académica y haber adquirido Determinada experiencia profesional a bordo de un barco, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa correspondiente (convenio STCW o STCW-F)
El Convenio STCW es el convenio de la Organización Marítima Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar. Enmendado en 2010, enmiendas de Manila:
Es el documento expedido por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, que acredita a su titular estar en posesión del correspondiente refrendo exigido por las disposiciones del Convenio STCW y que faculta a su titular para prestar servicio a bordo de los buques de bandera española ejerciendo las funciones previstas para el nivel de responsabilidad especificado en dicho título de competencia o título nacional.
Lo expide la administración de un estado parte del convenio STCW para capitanes, oficiales y radioperadores del sistema mundial de socorro y seguridad marítima (SMSSM), con arreglo a lo dispuesto en los capítulos II, III, IV y VI del anexo del convenio stcw y que faculta a su titular para prestar servicio en el cargo estipulado y desempeñar las funciones previstas para el nivel de responsabilidad especificado.
Título, distinto de un título de competencia, expedido a un marino por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, o por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través del Instituto Social de la Marina, o por una Administración de un Estado parte en el Convenio STCW, bajo su autoridad o mediante el reconocimiento de dicha Administración, en el cual se estipule que se cumplen los requisitos pertinentes del Convenio STCW respecto de determinadas formación, competencias y período de embarco, y que faculta a su titular para desempeñar determinadas funciones de acuerdo con el tipo de buque y el nivel de responsabilidad a bordo.
Para disponer de una titulación profesional es necesario contar, además de con otros requisitos (los embarques, por ejemplo) con la titulación académica correspondiente.
A continuación se listan todas las titulaciones profesionales de la Marina Mercante y de Pesca:
Sección de puente- cubierta
| SECCIÓN | TITULACIÓN ACADÉMICA | TITULACIÓN PROFESIONAL |
|---|---|---|
| UNIVERSIDAD O ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE LA MARINA CIVIL | ||
| PUENTE-CUBIERTA |
|
Capitán de la Marina Mercante |
|
Piloto de Primera de la Marina Mercante Piloto de Segunda de la Marina Mercante |
|
| INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMO PESQUERO | ||
| PUENTE-CUBIERTA |
|
Patrón de Altura |
|
Patrón de Litoral | |
| CENTRO HOMOLOGADO | ||
| PUENTE-CUBIERTA |
|
Patrón Portuario |
Sección de máquinas
| SECCIÓN | TITULACIÓN ACADÉMICA | TITULACIÓN PROFESIONAL |
|---|---|---|
| UNIVERSIDAD O ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE LA MARINA CIVIL | ||
| MÁQUINAS |
|
Jefe de Máquinas de la Marina Mercante |
|
Oficial de Máquinas de 1ª de la Marina Mercante Oficial de Máquinas de 2ª de la Marina Mercante |
|
|
Oficial Electrotécnico de la Marina Mercante | |
| INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMO PESQUERO | ||
| MÁQUINAS |
|
Mecánico Mayor Naval |
|
Mecánico Naval | |
Sección de radiocomunicaciones
| SECCIÓN | TITULACIÓN ACADÉMICA | TITULACIÓN PROFESIONAL |
|---|---|---|
| UNIVERSIDAD O ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE LA MARINA CIVIL | ||
| RADIOCOMUNICACIONES |
|
Oficial Radioelectrónico de 1ª de la Marina Mercante |
|
Oficial Radioelectrónico de 2ª de la Marina Mercante | |
| SECCIÓN | TITULACIÓN ACADÉMICA | TITULACIÓN PROFESIONAL |
|---|---|---|
| INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMO PESQUERO | ||
| PUENTE - CUBIERTA |
|
Capitán de Pesca |
|
Patrón de Altura | |
|
Patrón de Litoral | |
|
||
| POLIVALENTE | INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMO PESQUERO- CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO | |
|
Patrón Costero Polivalente | |
|
Patrón Local de Pesca | |
|
Marinero Pescador | |
| MÁQUINAS | INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL MARÍTIMO PESQUERO | |
|
Mecánico Mayor Naval | |
|
Mecánico Naval | |
|
||
Nota: Este Anexo está elaborado a fecha 28/01/2025
| SECCIÓN | TITULACIONES PROFESIONALES ACTUALES | TITULACIONES PROFESIONALES ANTERIORES |
|---|---|---|
| DEPARTAMENTO PUENTE Y CUBIERTA | Capitán de la Marina Mercante | |
| Piloto de 1ª Clase de la Marina Mercante | ||
| Piloto de 2ª Clase de la Marina Mercante | ||
| Patrón de Altura de la Marina Mercante | PATRÓN MAYOR DE CABOTAJE | |
| Patrón de Litoral de la Marina Mercante | PATRÓN DE CABOTAJE | |
| DEPARTAMENTO DE MÁQUINAS | Jefe de Máquinas de Marina Mercante | |
| Oficial de Máquinas de 1ª clase de Marina Mercante | ||
| Oficial de Máquinas de 2ª clase de Marina Mercante | ||
| Oficial Electrotécnico de la M.M. | ||
| Mecánico Mayor Naval de la Marina Mercante | MECÁNICO NAVAL MAYOR + CURSO CAPACITACIÓN +24 MESES DE EMBARQUES | |
| Mecánico Naval de la Marina Mercante | MECÁNICO NAVAL DE 1ª Y 2ª CLASE + CURSO CAPACITACIÓN +24 MESES EMBARQUES | |
| DEPARTAMENTO RADIOELECTRÓNICA Y RADIOCOMUNICACIONES | Oficial Radioelectrónico de 1ª clase de la Marina Mercante | |
| Oficial Radioelectrónico de 2ª clase de la Marina Mercante | ||
| Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima | ||
| Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima |
| ACTUALES | ANTERIORES |
|---|---|
| Patrón Portuario | PATRÓN DE TRÁFICO INTERIOR + MOTORISTA NAVAL +24meses embarques |
| Mecánico Portuario |
| Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo |
| Patrón Profesional de Instalaciones y Dársenas Portuarias |
| Patrón de Embarcaciones de Socorrismo en Playas |
| SECCIÓN | TITULACIONES PROFESIONALES ACTUALES | TITULACIONES PROFESIONALES ANTERIORES |
|---|---|---|
| SECCIÓN DE PUENTE | Capitán de Pesca | |
| Patrón de Altura |
- PATRÓN MAYOR DE CABOTAJE - PATRÓN DE PESCA DE ALTURA |
|
| Patrón de Litoral |
- PATRÓN DE CABOTAJE - PATRÓN DE 1ª CLASE PESCA LITORAL |
|
| SECCIÓN POLIVALENTE | Patrón Costero Polivalente | - PATRÓN DE 2ª CLASE PESCA LITORAL + MECÁNICO NAVAL DE 2ª CLASE |
| Patrón Local de Pesca |
- PATRÓN DE PESCA LOCAL + MECÁNICO DE LITORAL - PATRÓN DE PESCA LOCAL + MOTORISTA NAVAL + 5 AÑOS NAVEGACIÓN |
|
| Marinero Pescador | - CERTIFICADO DE COMPETENCIA DE MARINERO | |
| SECCIÓN MÁQUINAS | Mecánico Mayor Naval | - MECÁNICO NAVAL MAYOR |
| Mecánico Naval | - MECÁNICO NAVAL DE 1ª CLASE |
| Patrón de 2ª clase Pesca Litoral |
| Patrón de Pesca Local |
| Mecánico de Litoral |
| Radiotelefonista naval | ¹ Este requisito se considerará acreditado cuando el beneficiario aporte o acredite una titulación o una certificación profesional y será válido únicamente cuando la titulación acreditada sea la de Patrón Local de Pesca, Patrón Portuario, Marinero de Puente de la Marina Mercante, Marinero de Máquinas de la Marina Mercante, Patrón Costero Polivalente, Marinero Pescador o Certificado de Formación Básica |
| Radiotelefonista naval restringido |
Un certificado de suficiencia es un tipo de título de acuerdo con el Convenio STCW, distinto de un título de competencia y que faculta a su titular para desempeñar determinadas funciones de acuerdo con el tipo de buque y el nivel de responsabilidad a bordo.
Los certificados de suficiencia que emite la Dirección General de la Marina Mercante, de acuerdo con el Convenio STCW son los siguientes:
| Capítulo STCW sección puente |
|
| Capítulo STCW sección máquinas |
|
| Común a capítulo II y III STCW |
|
| Capítulo V STCW requisitos especiales de formación para petroleros y buques tanque |
|
| Capítulo VI STCW funciones de emergencia, seguridad, protección y supervivencia |
|
Los certificados de formación marítima que se emiten por la Administración marítima dimanan de diversos instrumentos internacionales:
| INSTRUMENTOS | CERTIFICADOS |
|---|---|
| Convenio STCW |
|
| Código Internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP) |
|
| Orden FOM/555/2005, de 2 de marzo, por la que se establecen cursos de formación en materia de prevención y lucha contra la contaminación en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario. (Convenio OPRC 90) |
|
| Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 |
|
| Orden de 14 de diciembre de 1992 sobre compensación de agujas náuticas. (Convenio SOLAS) |
|
A través de MI CARPETA CIUDADANA, que se ubica en la siguiente dirección:
¿Sabías que…?
En Mi Carpeta Ciudadana puedes comunicarte con las Administraciones y, además, consultar diferentes datos personales y tus citas previas, acceder a información sobre diversos procedimientos, informarte sobre tus notificaciones pendientes de leer y del estado de los expedientes en trámite, o recibir avisos y alertas.
Puedes consultar un resumen de tus Titulaciones y de tus Expedientes y Certificados en la siguiente ubicación de la Dirección General de la Marina Mercante: